Pagar la cosecha antes de que exista: el contrato Salam explicado

Pagar la cosecha antes de que exista: el contrato Salam explicado

La excepción admitida a la prohibición de vender lo que no se posee, enmarcada por reglas estrictas sobre medida, plazo y pago.

El Bai Salam es una venta en la que el comprador paga íntegramente al cerrar el trato una mercancía descrita con precisión, que el vendedor se compromete a entregar en una fecha futura fijada, financiando la producción por adelantado sin recurrir al préstamo.

Una excepción basada en un hadiz de Medina

Al llegar a Medina, el Profeta encontró habitantes que pagaban los dátiles con uno o dos años de antelación. Autorizó la práctica siempre que se refiriera a una medida conocida, un peso conocido y un plazo conocido, fijando así los tres pilares del contrato.

¿Por qué hay que pagar el precio en el acto?

Si el comprador no paga en la sesión, ambas prestaciones quedan aplazadas y se llega a cambiar una deuda por otra deuda, algo prohibido. Por eso la mayoría de las escuelas exige el pago íntegro; los malikíes toleran un breve retraso de pocos días.

Bienes fungibles y bienes excluidos

El Salam solo abarca mercancías sustituibles por otras idénticas: cereales, algodón, petróleo crudo, metales básicos. Un bien único, como una casa concreta o el trigo de un campo determinado, queda excluido, porque su pérdida haría imposible la entrega.

El oro, la plata y las divisas quedan fuera

Cuando el precio se paga en dinero, la mercancía entregada no puede ser oro, plata ni divisa. Estos intercambios exigen una entrega simultánea por ambas partes, lo que contradice por naturaleza el pago anticipado propio del Salam.

¿Cómo utiliza un banco el Salam?

A un banco no le sirve una cosecha de trigo. Compra en Salam al productor y después firma un segundo contrato Salam, independiente, por el que vende a un comerciante mercancía de la misma descripción, con entrega en la misma fecha o en una próxima.

Dos contratos que no deben depender entre sí

La ejecución del segundo contrato no puede condicionarse a la del primero. Si el agricultor no entrega, el banco sigue obligado frente al comerciante y debe conseguir la mercancía en otro lugar. Es ese riesgo asumido lo que legitima su margen.

La prohibición de revender antes de recibir

El comprador en Salam no puede ceder la mercancía a un tercero antes de recibirla, ni sustituirla por otra a cambio de un suplemento. Esta regla impide un mercado especulativo de créditos en especie, al estilo de los futuros negociados en bolsa.

¿Qué pasa si el productor no puede entregar?

El comprador puede esperar a que la mercancía esté disponible o resolver el contrato y recuperar el capital pagado, sin indemnización adicional. También puede aceptar, sin aumento de precio, una calidad distinta del mismo género si el vendedor la ofrece.

Prendas y avales para asegurar la entrega

El comprador puede exigir una prenda o un aval bancario o personal frente al riesgo de incumplimiento. Si la entrega falla, la garantía sirve para recuperar el capital pagado o financiar una compra de sustitución, nunca para obtener una ganancia adicional.

El Salam frente al Istisna

El Istisna se refiere a un bien por fabricar, como un edificio o un buque, y permite pagos escalonados durante la construcción. El Salam abarca mercancías genéricas ya producidas en el mercado y exige el pago completo desde el inicio.

Prefinanciación agrícola y comercio de materias primas

El Salam se ha utilizado ampliamente en Sudán para financiar las campañas agrícolas y sirve en otros lugares para prefinanciar exportaciones de materias primas. Aporta al productor capital circulante sin intereses a cambio de su producción futura.

Comprobaciones antes de cerrar un Salam

Revise la descripción técnica de la mercancía, el lugar y la fecha de entrega, la solvencia del vendedor, las garantías obtenidas y el dictamen del comité de sharía, que confirma que el precio se pagó realmente en su totalidad al firmar.

Fuente externa especializada

Las normas del IFSB abordan los requisitos de capital y la gestión de riesgos propios de las exposiciones en Salam, en especial el riesgo de contraparte y el riesgo de precio.

IFSB Standards