La cesión de créditos, o bay' al-dayn, es la transmisión a un tercero del derecho a cobrar una deuda; las finanzas islámicas solo la aceptan por su valor nominal, porque vender un crédito monetario por una cantidad menor equivale a un préstamo con interés.
Por qué se rechaza revender una deuda con descuento
Comprar hoy por 92 un crédito de 100 a un año supone adelantar 92 para recuperar 100: es exactamente el interés de un préstamo. Los juristas clásicos ven ahí riba al-nasi'a, y la mayoría de las escuelas prohíbe el descuento comercial de créditos.
Transferencia a la par: la única cesión monetaria admitida
El acreedor puede ceder su crédito por el importe exacto, sin ganancia ni pérdida, por ejemplo a un socio o al comprador de un negocio. La operación no genera ninguna ventaja vinculada al tiempo y se parece más a una liquidación que a una venta.
Ceder una deuda a cambio de mercancías y no de dinero
Varios juristas aceptan que el titular de un crédito lo intercambie por un bien determinado entregado de inmediato, lo que evita el intercambio diferido de dinero por dinero. El valor del bien debe fijarse con claridad y la entrega tampoco puede aplazarse.
Rebaja por pago anticipado: un gesto, no una cláusula
El principio «reduce y paga antes» (da' wa ta'ajjal) sigue siendo discutido. Las normas habituales permiten al acreedor conceder voluntariamente una rebaja (ibra') al deudor que reembolsa antes de plazo, pero muchos comités rechazan que se prometa en el contrato inicial.
Factoring islámico: cómo evitar el descuento
Una empresa que quiere cobrar pronto sus facturas no puede venderlas con descuento. Se combinan entonces un mandato de cobro remunerado (wakala bi al-ujra) y un anticipo sin interés (qard) devuelto con los cobros, de modo que la comisión solo retribuye el servicio.
Por qué la comisión no debe depender del importe anticipado
Si la remuneración del mandatario aumenta con la suma prestada o con la duración del anticipo, se convierte en un interés encubierto. Los comités de sharía exigen por tanto que la comisión refleje el trabajo de gestión y reclamación, y se cobre incluso sin anticipo.
Hawalat al-dayn, pariente cercana de la cesión
En la cesión cambia el acreedor; en la hawala es el deudor quien es sustituido por un tercero que acepta pagar. Ambos mecanismos desplazan una deuda sin venderla, pero difieren en los requisitos de consentimiento y en los derechos de recurso.
Qué revisar en un contrato de cesión
El contrato debe precisar el origen del crédito, su importe exacto, la ausencia de descuento, el tratamiento de las penalizaciones por demora y quién soporta el riesgo de insolvencia. Cualquier garantía de rendimiento ofrecida al cesionario merece un examen atento del comité de sharía.
Titulizar créditos: la regla de los activos tangibles
Un sukuk respaldado únicamente por créditos de murabaha no puede negociarse por encima ni por debajo de la par. Los emisores mezclan por ello créditos y activos reales, como inmuebles en ijara, para que la cartera siga siendo mayoritariamente tangible y libremente transmisible.
Umbral de tangibilidad: una cifra que fija cada comité
La proporción mínima de activos reales exigida varía según autoridades y comités, y algunos se conforman con una mayoría simple. El inversor debe comprobar ese ratio en la emisión, pero también cómo se vigila cuando ciertos activos se amortizan durante la vida del título.
Liquidez bancaria: el rompecabezas de los créditos no negociables
Un banco islámico con un balance lleno de créditos de murabaha no puede venderlos con descuento para obtener liquidez, ni utilizarlos en una operación repo convencional. Depende, por tanto, de sukuk admisibles y de mecanismos adaptados que ofrecen algunos bancos centrales.
La cesión en derecho civil y el contrato islámico
En derecho español, como en el francés, un crédito puede cederse en general por cualquier precio pactado. Un contrato conforme a la sharía se integra en ese marco, pero añade voluntariamente la prohibición de descuento y la transparencia sobre el riesgo transferido.
Fuente externa especializada
El Bank of England expone su enfoque hacia los bancos islámicos, incluidas las limitaciones de liquidez cuando sus activos son créditos no negociables.
